Asamblea Nacional del Ecuador

11/07/2025 | Press release | Distributed by Public on 11/07/2025 18:35

El Pleno de la Asamblea autoriza uso de licencia al presidente de la República, Daniel Noboa Azin

Viernes, 07 de noviembre del 2025 - 19:19 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

El Pleno de la Asamblea Nacional, con 86 votos afirmativos, aceptó la licencia solicitada por el presidente de la República, Daniel Noboa Azin, desde el domingo 9 al jueves 13 de noviembre de 2025, con lo cual el Primer Mandatario podrá exponer a la ciudadanía las motivaciones y fundamentos que respaldan la consulta popular y referéndum, sin incurrir en infracción electoral alguna.

La decisión de la Asamblea se enmarca en lo dispuesto en el artículo 146 de la Constitución de la República del Ecuador (CRE), en concordancia con el artículo 42 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL). En este sentido, el artículo 146 de la CRE, en su inciso primero determina: "En caso de ausencia temporal en la Presidencia de la República, lo reemplazará quienejerza la Vicepresidencia. Se considerará ausencia temporal la enfermedad u otra circunstancia defuerza mayor que le impida ejercer su función durante un período máximo de tres meses, o lalicencia concedida por la Asamblea Nacional".

Mientras, el artículo 42 de la LOFL, inciso primero, dispone: "Solicitud de licencia de la Presidenta o del Presidente de la República.- La Presidenta o elPresidente de la República podrá solicitar a la Asamblea Nacional licencia para ausentarsetemporalmente de la Presidencia, por un período máximo de un mes. La Asamblea Nacionalevaluará la solicitud y podrá aceptarla o negarla con el voto favorable de la mayoría absoluta de susintegrantes".

La asambleísta Lucía Pozo, al sustentar su moción, dijo que el Presidente de la República explicará a su pueblo el objetivo y los alcances del referéndum y consulta popular del próximo 16 de noviembre. "Tenemos un Presidente de territorio, que dialoga con la gente y no se esconde tras las paredes de Carondelet", enfatizó.

El texto de la resolución de la Asamblea será notificado al Presidente de la República, a la Vicepresidenta de la República y a la Presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), a fin de que se dé fiel cumplimiento.

EG

Asamblea Nacional del Ecuador published this content on November 07, 2025, and is solely responsible for the information contained herein. Distributed via Public Technologies (PUBT), unedited and unaltered, on November 08, 2025 at 00:35 UTC. If you believe the information included in the content is inaccurate or outdated and requires editing or removal, please contact us at [email protected]