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Miércoles, 24 de junio del 2026 - 12:07 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
En el análisis del Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a Varias Leyes para Garantizar la Igualdad en el Acceso a la Licencia por Calamidad Doméstica, que tramita la Comisión del Derecho al Trabajo de la Asamblea Nacional, el experto en Derecho Laboral Juan Carlos Bermúdez López expresó su respaldo a la iniciativa, al considerar que fortalece los principios constitucionales de igualdad, no discriminación, seguridad jurídica y progresividad de los derechos.
Bermúdez destacó que la propuesta permite avanzar hacia una mayor protección de los servidores públicos al equiparar el acceso a licencias remuneradas por fallecimiento, enfermedad grave o situaciones de calamidad que afecten al cónyuge, conviviente o familiares cercanos.
"El proyecto se encuentra plenamente alineado con el principio de progresividad de los derechos, reconocido por la Constitución y por los instrumentos internacionales de derechos humanos, al ampliar mecanismos de protección y garantizar una tutela efectiva para los trabajadores", señaló.
El jurista consideró adecuada la iniciativa de ampliar a ocho días la licencia por calamidad doméstica para los servidores públicos regulados por la Ley Orgánica del Servicio Público (LOSEP) y el Código Orgánico de la Función Judicial. Sin embargo, recomendó que este beneficio también sea analizado para los trabajadores del sector público sujetos al Código del Trabajo, con el fin de evitar posibles diferencias de trato entre servidores que desempeñan funciones en las mismas instituciones estatales.
"Si se reconoce una licencia ampliada para determinados servidores públicos, también debe revisarse la situación de quienes trabajan bajo el Código del Trabajo en entidades públicas, garantizando la aplicación efectiva del principio de igualdad", puntualizó.
Respecto de las inquietudes planteadas por los legisladores sobre nuevas formas de calamidad derivadas de la violencia y la inseguridad que enfrenta el país, Bermúdez explicó que actualmente existen mecanismos jurídicos, como el teletrabajo, permisos especiales y medidas de protección administrativa, para atender situaciones de riesgo. No obstante, reconoció que la legislación vigente aún no contempla de manera específica casos relacionados con extorsiones o amenazas que obliguen a un trabajador a suspender temporalmente sus actividades laborales.
Finalmente, el especialista concluyó que la reforma cumple con los principios de necesidad y oportunidad legislativa, contribuye a unificar criterios en materia de derechos laborales y fortalece la protección integral de los trabajadores del sector público ecuatoriano.
RSA