Recomendaciones temporales
La presentes recomendaciones temporales emitidas por el Director General de la OMS van dirigidas a diferentes subgrupos de Estados Partes, en función de los riesgos para la salud pública asociados a la epidemia de la enfermedad por el virus de Bundibugyo (EVB) a los que se enfrenten.
Todas las orientaciones técnicas provisionales de la OMS vigentes pueden consultarse en esta página (en inglés) del sitio web de la Organización. Las orientaciones de la OMS basadas en la evidencia se han actualizado, y seguirán actualizándose, en función de la evolución de la situación, la nueva evidencia científica y la evaluación de riesgos efectuada por la OMS.
La aplicación de las presentes recomendaciones temporales por los Estados Partes deberá garantizar el respeto pleno de la dignidad, los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas, de conformidad con los principios enunciados en el artículo 3 del RSI.
Nota: El texto entre paréntesis junto a cada recomendación temporal indica su estado con respecto al conjunto de recomendaciones temporales emitidas el 22 de mayo de 2026.
Para los Estados Partes con transmisión comunitaria del ebolavirus Bundibugyo (República Democrática del Congo) [Modificada]
A fecha de 14 de agosto de 2026, la Secretaría de la OMS estimó que el riesgo para esos Estados Partes era «muy alto». En el momento de emitir estas recomendaciones temporales, este grupo solo comprende a la República Democrática del Congo. [Modificada]
La epidemia se debe al ebolavirus Bundibugyo, un virus perteneciente al género Orthoebolavirus. A diferencia del virus que causa la enfermedad por el virus del Ébola, aunque los ensayos clínicos siguen adelante, actualmente no existen tratamientos ni vacunas aprobados contra el ebolavirus Bundibugyo. Si llegara a disponerse de vacunas y tratamientos específicos contra la EVB efectivos, sobre la base de la experiencia de la epidemia de enfermedad por el virus del Ébola en África Occidental de 2013-2016, estos probablemente tendrán un efecto complementario sobre la transmisión y la mortalidad, pero no sustituirán intervenciones de salud pública efectivas y fundamentales. [Modificada]
Coordinación y colaboración de alto nivel
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Declarar o mantener que la epidemia de ebolavirus Bundibugyo constituye una emergencia sanitaria, a nivel nacional o subnacional, conforme a las leyes internas y según corresponda. [Prorrogada con reformulación]
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Ampliar los mecanismos nacionales de gestión de desastres o emergencias sanitarias, incluido un centro de operaciones de emergencia activado, bajo la autoridad del Jefe de Estado o de la autoridad gubernamental correspondiente, a fin de coordinar las actividades de respuesta y preparación entre los sectores gubernamentales, los niveles administrativos y los asociados. [Modificada]
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Establecer y mantener actualizado un único plan nacional (por ejemplo, un plan de acción o un plan de respuesta) que oriente las actividades de respuesta, entre los sectores gubernamentales y los asociados y en el que se recojan la función y las responsabilidades de las entidades gubernamentales y de todos los asociados que participan en la respuesta, a fin de garantizar la aplicación y el seguimiento eficientes y efectivos de las medidas integrales para el control de la EVB. Estas medidas deben incluir: [Nueva, resultado de haber dividido las recomendaciones temporales que anteriormente figuraban bajo el epígrafe «Coordinación y compromiso de alto nivel»]
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Protección de la comunidad, incluida la comunicación de riesgos y la participación de la comunidad;
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Refuerzo de la vigilancia y de la detección de casos;
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Rastreo de contactos;
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Pruebas diagnósticas en laboratorios;
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Prevención y control de infecciones (PCI);
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Manejo de casos;
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Entierros seguros y dignos;
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Continuidad de los servicios de salud esenciales;
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Logística;
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Gestión y protección del personal de salud, incluido el pago puntual de sus sueldos y, cuando proceda, de los complementos por peligrosidad.
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Negociar, según corresponda, y establecer corredores de seguridad, en particular transfronterizos, para que los responsables de la respuesta puedan llegar de forma segura a las comunidades afectadas, incluidos los campamentos de desplazados internos y otros entornos humanitarios, y también para que las comunidades puedan acceder a una atención de salud adecuada. [Prorrogada]
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Establecer procedimientos de inmigración que permitan la entrada y salida oportuna y fluida de los responsables internacionales de la respuesta, tanto para atender las necesidades de respuesta determinadas como para permitir la rotación de este personal. [Nueva]
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Establecer procedimientos de despacho de aduana, así como otros procedimientos administrativos y reglamentarios, a fin de agilizar la importación de los suministros necesarios para sostener la respuesta [Nueva]
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Notificar diariamente a la OMS, a través del correspondiente Punto de Contacto de la OMS para el RSI en las Oficinas Regionales de la OMS, la detección de casos sospechosos, probables y confirmados de EVB, según las definiciones de caso disponibles aquí (en inglés). [Prorrogada]
Comunicación de riesgos y participación de la comunidad
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Integrar, en el nivel más bajo designado para coordinar las actividades de respuesta, la ejecución de intervenciones en la esfera de la comunicación de riesgos y la participación de la comunidad (redes comunitarias, capacidad de la fuerza de trabajo, sistemas comunitarios de inteligencia y retroalimentación y procesos de rendición de cuentas). [Nueva]
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Ampliar la construcción de confianza y la implicación de la comunidad a través de canales de comunicación de confianza y de los actores locales, incluidos líderes locales, líderes religiosos, practicantes de la medicina tradicional y supervivientes, con el objetivo de fomentar la participación de la comunidad en la aceptación de medidas de salud pública, incluida la detección temprana, la derivación de casos, el rastreo de contactos, unas prácticas de entierro seguras y dignas y la adopción de conductas protectoras. [Prorrogada con reformulación, incluida la fusión de una recomendación temporal que anteriormente figuraba bajo el epígrafe «Comunicación de riesgos y participación de la comunidad»]
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Promover la sensibilización, la colaboración y la participación de la comunidad, para establecer y fortalecer la confianza, determinando y abordando las normas y creencias culturales que puedan ser un obstáculo para la plena participación de la comunidad en la respuesta, e integrando las intervenciones y las observaciones de la comunidad, en el marco de la respuesta general, para atender las necesidades de la población, especialmente en los contextos de la crisis humanitaria prolongada que afecta a las provincias orientales de la República Democrática del Congo. [Prorrogada]
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Activar las redes locales y capacitarlas, en particular a los agentes de salud comunitarios, los voluntarios de la Cruz Roja y otros agentes comunitarios de confianza, para promover conductas protectoras; facilitar la detección temprana y la derivación de casos sospechosos de EVB; apoyar las actividades de rastreo de contactos; y recabar y transmitir las observaciones de la comunidad para mejorar la aceptación de medidas de salud pública. [Prorrogada con reformulación]
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Facilitar el cumplimiento de las restricciones a la circulación asociadas a la aplicación de las medidas de control, proporcionando alimentos, agua, comunicación y apoyo financiero y psicosocial. [Prorrogada]
Vigilancia y laboratorio
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Establecer y mantener actualizado un registro de señales coherentes con la EVB («alertas», por ejemplo para conglomerados de casos de enfermedad o de fallecimiento inexplicado), que incluya el estado en que se encuentra la investigación. [Prorrogada con reformulación, anteriormente bajo el epígrafe en «Coordinación y colaboración de alto nivel»]
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Establecer y mantener una lista tabular actualizada de casos sospechosos, casos probables y casos confirmados de EVB, incluida una lista consolidada a nivel nacional, mientras se reconstruyen las cadenas de transmisión. [Prorrogada, anteriormente bajo el epígrafe en «Coordinación y colaboración de alto nivel»]
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Establecer y mantener actualizada la lista de contactos de todos los casos confirmados y probables de EVB, monitorear diariamente cada contacto durante los 21 días posteriores a la última exposición conocida y consignar su estado. La evolución de la epidemia y los recursos disponibles pueden requerir la priorización reiterada, en función del riesgo, de los contactos que requieren localización y monitoreo. [Prorrogada con reformulación, incluida la fusión de dos recomendaciones temporales que anteriormente figuraban bajo los epígrafes «Coordinación y colaboración de alto nivel» y «Vigilancia y laboratorio»]
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Establecer un mecanismo para monitorear la evolución de los indicadores relativos al desempeño de las actividades de rastreo de contactos. [Prorrogada]
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Mejorar la capacidad de vigilancia y de laboratorio mediante su descentralización en las demarcaciones administrativas subnacionales (por ejemplo, provincias y distritos/zonas de salud) con transmisión comunitaria de la EVB, así como en las demarcaciones subnacionales vecinas, por medio de: [Prorrogada con reformulación]
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equipos específicos de vigilancia y respuesta en cada zona de salud y en las zonas de salud vecinas que se consideren expuestas a un alto riesgo de introducción de la EVB; [Prorrogada]
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la búsqueda activa de casos y una vigilancia comunitaria reforzada; [Modificada]
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la investigación de las «alertas» en las 24 horas posteriores a su detección; [Prorrogada]
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la ampliación y la mejora de la capacidad de los laboratorios para realizar oportunamente pruebas de calidad y seguras de detección del ebolavirus Bundibugyo mediante RT-PCR descentralizadas, incluida la recogida de muestras, la rápida derivación y el transporte de muestras y la difusión oportuna de los resultados de las pruebas de laboratorio; y la consiguiente capacitación del personal de laboratorio; [Modificada]
Entierros seguros y dignos
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Implementar protocolos, en particular con fines de registro y supervisión, en todas las zonas con transmisión comunitaria de la EVB, así como en zonas vecinas, velando por que de los funerales y los entierros se encargue personal debidamente capacitado, formado y adecuadamente equipado con EPP, en particular para la manipulación y desinfección segura de los lugares de enterramiento, adoptando disposiciones que permitan la presencia de la familia y las prácticas culturales, y con arreglo a la legislación y las normativas nacionales pertinentes. [Prorrogada con reformulación]
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Investigar cada defunción ocurrida fuera de los lugares de aislamiento y de tratamiento de la EVB a fin de determinar las cadenas de transmisión de la enfermedad o de vincularlas a estas cadenas y con miras a comprender mejor las razones que sustentan la reticencia de la comunidad a aceptar entierros seguros y dignos. [Nueva]
Vía de derivación de los pacientes y acceso de estos a cuidados de apoyo seguros y optimizados
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Establecer centros o unidades específicos para aislar y tratar a los casos sospechosos, probables y confirmados de EVB, situándolos en las zonas con transmisión comunitaria de la EVB o cerca de ellas y dotándolos de personal suficiente que esté específicamente capacitado y cuente con los medios necesarios para prestar cuidados intensivos de apoyo optimizados. [Prorrogada]
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Establecer protocolos para la detección precoz y el traslado sin riesgos de los pacientes que se sospeche han contraído la EVB a establecimientos de salud designados, donde puedan ser aislados, examinados y tratados mediante una atención digna y centrada en el paciente. Con ese fin, debe disponerse de personal de ambulancia formado, mecanismos para avisar al establecimiento de salud receptor, precauciones pertinentes en materia de PCI durante el traslado y protocolos de descontaminación de vehículos y equipos. [Prorrogada con reformulación]
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Establecer protocolos para el manejo y la eliminación de desechos médicos, incluida la segregación en el punto de generación, la recogida y el almacenamiento en condiciones de seguridad y la descontaminación mediante su paso por el autoclave o su incineración antes de la disposición final, de acuerdo con las orientaciones internacionales. [Modificada]
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Establecer programas de seguimiento para supervivientes, incluido apoyo psicológico, programas de apoyo psicosocial y de reducción de la estigmatización y atención clínica, así como asesoramiento sobre salud sexual, análisis del esperma y uso de preservativos, según corresponda. [Prorrogada]
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Mantener la oferta de paquetes de servicios de salud esenciales -mediante la implementación de medidas de prevención y control de las infecciones para proteger a los trabajadores de la salud- y supervisar cualquier interrupción en estos. Este conjunto de servicios de salud esenciales incluye, como mínimo, el diagnóstico y el tratamiento del paludismo y servicios de salud maternoinfantil. [Prorrogada con reformulación]
Prevención y control de las infecciones en los establecimientos de salud y las comunidades [Modificada]
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Reforzar las medidas para prevenir las infecciones asociadas a la atención de la salud, incluido el mapeo y la evaluación sistemáticos de establecimientos de salud públicos y privados -que no sean centros de aislamiento y tratamiento de la EVB-, el establecimiento, difusión e implementación de protocolos para estándares y precauciones para evitar la transmisión, incluido el tamizaje, el triaje, el aislamiento, intervenciones específicas en materia de PCI y una monitorización y una supervisión sostenidas. [Modificada]
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Proporcionar capacitación periódica en materia de PCI a los trabajadores de la salud sobre supervisión del uso adecuado de equipo de protección personal (EPP) por parte de estos, y llevar a cabo evaluaciones al respecto, con el apoyo de los puntos focales designados en materia de PCI en los establecimientos, y listas de verificación estandarizadas de supervisión de apoyo (por ejemplo, la tarjeta de puntuación de la OMS sobre PCI). [Modificada]
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Proporcionar a los establecimientos de salud suministros suficientes e ininterrumpidos, como EPP y equipos para inyecciones sin riesgos, monitorizando al mismo tiempo las tasas de desabastecimiento. [Modificada, incluido el traslado de parte de una recomendación temporal anterior que figuraba bajo el epígrafe «Coordinación y colaboración de alto nivel»]
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Establecer vías para que el personal de salud pueda notificar posibles exposiciones, ser examinado tras una exposición y recibir apoyo psicosocial, así como, cuando sea posible, profilaxis posexposición en el marco del uso compasivo o en el de un ensayo clínico. Todos los casos de EVB que se produzcan entre el personal de salud deben investigarse con rapidez a fin de adoptar las medidas correctivas que sean oportunas en los establecimientos de salud y medidas de mitigación a nivel comunitario cuando proceda. [Prorrogada con reformulación]
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Desarrollar la capacidad comunitaria para prevenir y controlar las infecciones mediante la formación de los líderes comunitarios e insistiendo en que la higiene de manos no solo ayuda a controlar la epidemia de EVB, sino que también reduce el riesgo de transmisión de otras enfermedades transmisibles en las mismas zonas. Se facilitarán medios para practicar la higiene de manos en lugares críticos, como las escuelas, las iglesias, los bares, los mercados, los espacios locales de reunión y los puntos de entrada, entre otros. [Prorrogada con reformulación]
Medidas sociales, concentraciones multitudinarias y movilidad a nivel interno [Nueva]
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Posponer las concentraciones multitudinarias masivas en zonas en las que actualmente hay transmisión comunitaria de la EVB. En el caso de las concentraciones multitudinarias previstas en otras zonas, la decisión de celebrarlas se basará en una evaluación de los riesgos específica para cada evento. [Modificada, anteriormente bajo el epígrafe «Salud en las fronteras, viajes internacionales y concentraciones multitudinarias»]
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Promulgar y aplicar medidas para reducir la hacinación en los establecimientos de comida y bebida y en los clubes nocturnos. [Nueva]
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Promulgar y aplicar medidas que limiten a uno el número de pasajeros en las motocicletas. [Nueva]
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Promulgar y aplicar medidas para la apertura segura de las escuelas. [Nueva]
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Establecer puntos de control de salud permanentemente abiertos a lo largo de las carreteras que conectan zonas con transmisión comunitaria de la EVB y zonas consideradas de alto riesgo para la introducción de la EVB, de acuerdo con el análisis de los patrones de movilidad de la población. [Nueva]
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Establecer mecanismos de vigilancia de la EVB en buques que transitan por vías de navegación interior y que conectan zonas con transmisión comunitaria de la EVB con centros urbanos importantes, como Kinshasa, la capital. [Nueva]
Viajes internacionales y salud transfronteriza [Modificada]
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Establecer arreglos con los Estados Partes adyacentes a zonas con transmisión comunitaria de la EVB y caracterizadas por importantes movimientos y actividades comerciales transfronterizos a fin de reforzar la vigilancia en los pasos fronterizos terrestres y a lo largo de las zonas fronterizas. Esto incluye establecer mecanismos de coordinación para el intercambio oportuno de información sobre contactos que han cruzado o pueden haber cruzado la frontera, permitiendo así la continuidad del seguimiento, así como la identificación y el seguimiento de los contactos después de que se haya detectado un caso de EVB. [Prorrogada con reformulación]
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De conformidad con la legislación y las normativas nacionales, poner en marcha medidas para impedir los viajes internacionales de las personas que sean casos sospechosos, probables o confirmados de EVB, así como de sus contactos, sobre la base de una evaluación de la exposición, salvo que el desplazamiento forme parte de una evacuación médica debidamente organizada. [Prorrogada]
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Impedir el traslado transfronterizo de los restos mortales de personas fallecidas que hayan sido casos sospechosos, probables o confirmados de EVB, salvo que esté autorizado en virtud de acuerdos bilaterales. [Prorrogada]
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Implantar controles de salida en todos los puntos de entrada -aeropuertos, puertos y pasos fronterizos terrestres- que incluyan, como mínimo, un cuestionario sobre posibles exposiciones previas a la EVB, la medición de la temperatura y, en caso de fiebre, una evaluación exhaustiva del riesgo de EVB realizada por personal formado y provisto de equipos de protección personal adecuados. [Prorrogada con reformulación]
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Notificar a la OMS, a través del correspondiente Punto de Contacto de la OMS para el RSI en la Oficina Regional de la OMS, la aplicación de cualquier medida que se haya adoptado en relación con el tráfico internacional. [Prorrogada]
Operaciones, suministros y logística
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Establecer y mantener unas capacidades operacionales sólidas y escalables para velar por el despliegue seguro y rápido, la movilidad, la comunicación y las condiciones de trabajo y de vida de los equipos de respuesta, incluido el establecimiento rápido de bases operacionales seguras y funcionales en zonas que hayan experimentado recientemente EVB o en zonas de difícil acceso. [Nueva, en sustitución de la recomendación temporal terminada que anteriormente figuraba bajo el epígrafe «Operaciones, suministros y logística»]
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Establecer y mantener una cadena de suministro de emergencia de extremo a extremo robusta, oportuna y monitorizada a fin de garantizar la previsión basada en las necesidades, la adquisición, la importación, el almacenamiento, el transporte y la distribución de todos los productos y contramedidas pertinentes, incluidos EPP, medios de diagnóstico, tratamientos, materiales para la PCI, suministros médicos y equipo no médico esencial, garantizando al mismo tiempo la visibilidad de existencias, los canales de distribución, el consumo y posibles deficiencias. [Nueva, en sustitución de la recomendación temporal terminada que anteriormente figuraba bajo el epígrafe «Operaciones, suministros y logística»]
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Establecer y coordinar la capacidad para rápidamente construir, rehabilitar, equipar y mantener instalaciones de aislamiento y tratamiento, así como otras infraestructuras de salud, garantizando su funcionamiento seguro y funcional conforme a las normas y las orientaciones técnicas internacionales sobre PCI y gestión de casos. [Nueva, en sustitución de la recomendación temporal terminada que anteriormente figuraba bajo el epígrafe «Operaciones, suministros y logística»]
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Establecer, poner en funcionamiento y dirigir una célula nacional de coordinación de asociados logísticos en materia de salud que permita a todas las partes conocer las necesidades, las existencias y las carteras de asociados en relación con los productos de salud pertinentes; determinar lagunas, cuellos de botella y duplicaciones; y facilitar la determinación de prioridades y la movilización de recursos logísticos, en consonancia con las prioridades nacionales en materia de respuesta. [Nueva, en sustitución de la recomendación temporal terminada que anteriormente figuraba bajo el epígrafe «Operaciones, suministros y logística»]
Investigación y desarrollo de contramedidas médicas
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Siempre que se pueda, colaborar con asociados en el ámbito de la investigación e instituciones internacionales para: [Prorrogada]
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Definir una estrategia de laboratorio sólida y llevar a cabo con urgencia estudios comparativos directos de los medios de diagnóstico mediante PCR, con miras a confirmar o descartar la validez de plataformas de diagnóstico por PCR que se utilizan actualmente en el terreno y otros productos de próxima aparición. [Prorrogada]
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Llevar a cabo investigaciones en profundidad para determinar y caracterizar las dinámicas de la transmisión del ebolavirus Bundibugyo asociadas a entornos específicos, como modos conexos de transmisión del ebolavirus Bundibugyo (por ejemplo, cuidados en casa, en hospitales o con practicantes de la medicina tradicional, reutilización de agujas) o la exposición a poblaciones animales. [Nueva]
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Realizar ensayos clínicos aprobados por comités de ética y dotados de un diseño científico riguroso para avanzar en el desarrollo y el uso de fármacos candidatos para el tratamiento y la profilaxis posexposición, así como de vacunas candidatas. [Prorrogada]
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A fin de prestar apoyo a la investigación, llevar a cabo exámenes nacionales rápidos y eficientes en materia de reglamentación y ética, establecer mecanismos de participación comunitaria y farmacovigilancia (cuando proceda), y prever el intercambio de datos y acuerdos que permitan el acceso equitativo. [Prorrogada]
Presentación de informes sobre la aplicación de las recomendaciones temporales
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Informar mensualmente a la OMS sobre el estado de aplicación de estas recomendaciones temporales y sobre las dificultades encontradas, mediante un instrumento normalizado y los canales que pondrá a disposición la Organización, lo que también permitirá monitorear los progresos y determinar las deficiencias de la respuesta nacional. [Modificada]
Para los Estados Partes que tienen fronteras terrestres con Estados Partes con transmisión comunitaria de la EVB [Modificada]
A fecha de 14 de agosto de 2026, la Secretaría de la OMS estimó que el riesgo regional era «alto». En el momento en que se emiten estas recomendaciones temporales, estos Estados Partes incluyen Angola, Burundi, la República Centroafricana, la República del Congo, Rwanda, Sudán del Sur, Tanzanía, Uganda y Zambia [Modificada]
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Establecer o mantener un mecanismo de coordinación nacional articulado que incluya niveles subnacionales. [Prorrogada con reformulación]
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Mejorar y mantener la disponibilidad operacional para responder a casos de EVB, centrándose en las deficiencias detectadas mediante evaluaciones de la disponibilidad operacional en relación específicamente con la EVB, en particular, entre otras medidas:
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determinando las zonas con mayor riesgo de importación de casos de EVB;
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sensibilizando a la comunidad a propósito de la EVB;
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creando conciencia entre los trabajadores de la salud acerca de la EVB;
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reforzando la vigilancia comunitaria y la investigación de los conglomerados de casos de fallecimiento inexplicado;
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estableciendo semanalmente en cero el número de casos sospechosos de EVB notificados en los establecimientos de salud,
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estableciendo el acceso oportuno a laboratorios cualificados -a nivel nacional y, si es necesario, subnacional- para realizar pruebas de ebolavirus Bundibugyo y los ensayos diferenciales pertinentes. Se puede considerar la posibilidad de enviar muestras a un laboratorio internacional de referencia para una comparación entre laboratorios como parte de las medidas externas de aseguramiento de la calidad.
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estableciendo equipos de respuesta rápida para la investigación y el manejo de los pacientes con EVB y de sus contactos;
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estableciendo un mecanismo para localizar y monitorear a los contactos;
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capacitando a los trabajadores de la salud en medidas e intervenciones en la esfera de la prevención y el control de infecciones (PCI), incluidas normas y precauciones para evitar la transmisión relativas al aislamiento y el tratamiento de los casos de EVB;
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identificando y capacitando a la fuerza de trabajo en caso de que sea necesario ampliar rápidamente las operaciones de respuesta, incluida la determinación de recursos que se destinarán a los complementos por peligrosidad;
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realizando ejercicios de simulación.
[Modificada, incluida la fusión de dos recomendaciones temporales que anteriormente figuraban en esta Sección]
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Proporcionar al público general información precisa y actualizada sobre la epidemia de EVB, así como medidas para reducir el riesgo de exposición; y, en aquellas situaciones en las que se estime que el riesgo de importación es máximo, involucrar a los líderes comunitarios, los agentes de salud comunitarios y actores comunitarios de confianza en la promoción de conductas protectoras, la ejecución de actividades de vigilancia, medidas para facilitar la derivación de casos sospechosos de EVB y la recopilación de las observaciones de la comunidad y la respuesta a ellas [Modificada]
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A fin de prestar apoyo a la investigación, llevar a cabo exámenes nacionales rápidos y eficientes en materia de reglamentación y ética, establecer mecanismos de participación comunitaria y farmacovigilancia (cuando proceda), y prever el intercambio de datos y acuerdos que permitan el acceso equitativo. [Prorrogada]
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Salud transfronteriza y viajes internacionales
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Proporcionar a los viajeros información precisa y actualizada sobre la epidemia de EVB y las medidas para reducir el riesgo de exposición, como desalentar los viajes a zonas con transmisión comunitaria de la EVB. [Modificada con reformulación]
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Establecer arreglos con los Estados Partes adyacentes a zonas con transmisión comunitaria de la EVB y caracterizadas por importantes movimientos y actividades comerciales transfronterizos, a fin de reforzar la vigilancia en los pasos fronterizos terrestres y a lo largo de las zonas fronterizas. Esto incluye establecer mecanismos de coordinación para la detección y evaluación de los viajeros con enfermedad febril inexplicada; y el intercambio oportuno de información sobre contactos que han cruzado o pueden haber cruzado la frontera, permitiendo así la continuidad del seguimiento; [Prorrogada con reformulación]
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Preposicionar EPP, otros materiales para la PCI, kits de recogida de muestras, formularios para la investigación de casos y suministros que permitan llevar a cabo entierros seguros en zonas fronterizas y puntos de entrada, dando prioridad a aquellos lugares en los que se considere que el riesgo de importación es máximo. [Prorrogada con reformulación]
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Activar planes de contingencia en materia de salud en aeropuertos, puertos y pasos fronterizos terrestres, con la participación de los operadores de medios de transporte, para detectar, evaluar y gestionar a los viajeros procedentes de Estados Partes con transmisión comunitaria de la EVB que presenten síntomas compatibles con la enfermedad por este virus, y localizar a sus contactos, según los protocolos establecidos. Esto supone disponer de personal capacitado, mecanismos para la derivación de pacientes y la aplicación de medidas de PCI. [Prorrogada con reformulación]
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Coordinarse con los operadores de medios de transporte para facilitar la comunicación oportuna, antes de la llegada, de cualquier caso sospechoso de EVB a bordo de medios de transporte y para localizar a los contactos asociados a medios de transporte en viajes internacionales. Llevar a cabo operaciones internacionales de rastreo de contactos según sea necesario, en particular para obtener información pertinente de los operadores; identificar a los contactos asociados a medios de transporte en viajes internacionales; y comunicarse con los Estados Partes que se sabe son lugares de tránsito o destino final de esos contactos. [Modificada, incluida la fusión de una recomendación temporal que anteriormente figuraba en esta Sección]
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No se recomienda la suspensión de vuelos o de rutas de vías fluviales con los Estados Partes con transmisión comunitaria de la EVB, ni denegar la entrada a viajeros y medios de transporte procedentes de esos Estados Partes. [Prorrogada con reformulación]
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Notificar a la OMS, a través del correspondiente Punto de Contacto de la OMS para el RSI, la aplicación de cualquier medida que se haya adoptado en relación con el tráfico internacional. [Prorrogada]
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Tratar como emergencia sanitaria la detección de un caso sospechoso o confirmado de EVB, de un contacto de este caso o de un conglomerado de casos de fallecimiento inexplicado, en particular, cuando esté justificado o sea necesario, formulando una declaración oficial conforme a la legislación interna. Esto incluye investigar cualquiera de esos eventos en un plazo de 24 horas e instaurar medidas de aislamiento y manejo de casos, establecer un diagnóstico definitivo y llevar a cabo la identificación y el monitoreo de los contactos. [Prorrogada con reformulación]
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Notificar inmediatamente a la OMS, a través del correspondiente Punto de Contacto de la OMS para el RSI en la Oficina Regional de la OMS, todo caso sospechoso, probable o confirmado de EVB, según las definiciones de caso disponibles aquí (en inglés). [Prorrogada]
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Informar trimestralmente a la OMS sobre el estado de aplicación de estas recomendaciones temporales y sobre las dificultades encontradas, mediante un instrumento normalizado y los canales que pondrá a disposición la Organización, lo que también permitirá monitorear los progresos y determinar las deficiencias de la respuesta nacional. [Modificada]
En presencia de un caso probable o confirmado de EVB, tomar medidas basadas en las recomendaciones temporales para los Estados Partes con transmisión comunitaria de la enfermedad. [Modificada]
Para todos los demás Estados Partes
A fecha de 14 de agosto de 2026, la Secretaría de la OMS estimó que el riesgo para esos Estados Partes era «bajo».
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Establecer arreglos para detectar, evaluar, notificar y gestionar a los viajeros con enfermedad febril inexplicada que lleguen desde zonas con transmisión comunitaria de la EVB. Estos arreglos incluyen, entre otros, difundir información precisa y actualizada sobre la epidemia de EVB y la definición de casos de esta enfermedad a establecimientos de salud públicos y privados, incluidos dispensarios para viajeros, médicos generales y las autoridades de los puntos de entrada; localizar laboratorios para la realización de pruebas de detección del ebolavirus Bundibugyo; localizar instalaciones de aislamiento que permitan llevar a cabo una evaluación y ofrecer cuidados de salud en condiciones de seguridad. [Prorrogada con reformulación, incorporando una recomendación temporal que anteriormente figuraba en esta Sección]
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Facilitar a organizaciones no gubernamentales y otras entidades que despliegan personal a escala internacional para responder a la epidemia de EVB información sobre riesgos, medidas para reducir al mínimo el riesgo de exposición y recomendaciones para gestionar una posible exposición. [Prorrogada]
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Prepararse para facilitar la evacuación y repatriación de nacionales (por ejemplo, de trabajadores de la salud) que hayan estado expuestos a casos de EVB. [Prorrogada]
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Proporcionar a la población general información precisa y actualizada sobre la epidemia de EVB y las medidas para reducir el riesgo de exposición, como desalentar los viajes a zonas con transmisión comunitaria de la EVB. [Prorrogada con reformulación]
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En los puntos de entrada, proporcionar a los viajeros que llegan de zonas con transmisión comunitaria de la EVB información sobre las medidas que deben adoptar en caso de que presenten síntomas compatibles con la EVB en los 21 días posteriores a su llegada. [Prorrogada con reformulación]
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Coordinarse con los operadores de medios de transporte para facilitar la comunicación oportuna, antes de la llegada, de cualquier caso sospechoso de EVB a bordo de medios de transporte y para localizar a los contactos asociados a medios de transporte en viajes internacionales. Llevar a cabo operaciones internacionales de rastreo de contactos según sea necesario, en particular para obtener información pertinente de los operadores; identificar a los contactos asociados a medios de transporte en viajes internacionales; y comunicarse con los Estados Partes que se sabe son lugares de tránsito o destino final de esos contactos. [Modificada]
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En el momento de emitir estas recomendaciones temporales, no se recomienda la suspensión de vuelos procedentes de los Estados Partes con transmisión comunitaria de la EVB, ni denegar la entrada a viajeros y medios de transporte procedentes de esos Estados Partes. [Prorrogada]
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Notificar a la OMS, a través del correspondiente Punto de Contacto de la OMS para el RSI, la aplicación de cualquier medida que se haya adoptado en relación con el tráfico internacional. [Prorrogada]
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Notificar inmediatamente a la OMS, a través del correspondiente Punto de Contacto de la OMS para el RSI en la Oficina Regional de la OMS, todo caso sospechoso, probable o confirmado de EVB, según las definiciones de caso disponibles aquí (en inglés). [Prorrogada]
En presencia de un caso probable o confirmado de EVB, tomar medidas basadas en las recomendaciones temporales para los Estados Partes con transmisión comunitaria de la EVB. [Modificada]