01/23/2026 | News release | Distributed by Public on 01/23/2026 12:36
Estas acciones ponen en peligro directo a tripulaciones, personal en tierra, población y aeronaves, y pueden obligar a limitar o suspender operaciones críticas.
Se intima a dar estricto cumplimiento a la Resolución DINACIA N.º 291/2014, que prohíbe, salvo autorización expresa, el vuelo en áreas prohibidas o restringidas, sobre concentraciones de personas, y en zonas de tráfico de aeropuertos y aeródromos. Cuando la conducta genere peligro o entorpezca la circulación aérea, corresponde dar intervención a la Justicia competente conforme al Artículo 200 del Código Aeronáutico.