¡Aquí sí pasa! Bogotá, mi Ciudad, mi Casa avanza hacia una gestión de eventos más moderna, predecible y segura. Si vas a organizar un evento, no puedes perder de vista esta fecha: 25 de marzo de 2026. Desde ese momento comienza a aplicarse oficialmente la actualización del Sistema Único de Gestión para el Registro, Evaluación y Autorización de Actividades de Aglomeración de Publico en Bogotá.
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Esto implica que se implementarán las nuevas líneas de tiempo relacionadas con actividades de aglomeraciones de público o escenarios culturales de las artes escénicas. Estas líneas están establecidas en el Decreto Distrital 642 de 2025, para el registro en la Ventanilla Única Virtual del SUGA. La autorización deberá estar aprobada mínimo 5 días antes de la realización del evento.
¿Qué cambia desde el miércoles 25 de marzo de 2026?
1. Nuevas líneas de tiempo obligatorias
Actividades Especiales de Aglomeración: tiempo límite de radicación 19 días antes del evento.
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Día 0: Radicación en Ventanilla Única Virtual.
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Día 1 al 4: Evaluación por parte de las entidades y Emisión de conceptos.
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Día 5 al 6: Expedición y notificación de resolución que autoriza o niega el evento.
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Día 7 al 10: Si el evento fue negado en primera instancia, este tiempo se tendrá para Subsanación (si aplica).
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Día 11 al 13: Revisión final por parte de las entidades que integran el SUGA.
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Día 14 al 15: Resolución que resuelve recurso (si existe) y autoriza el evento.
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Día 19: Realización del evento.
Espectáculos Públicos de las Artes escénicas: tiempo límite de radicación 15 días antes del evento.
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Día 0: Radicación en Ventanilla Única Virtual.
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Día 1 al 3: Evaluación y Emisión de conceptos por parte de las entidades.
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Día 4: Expedición y notificación de resolución que autoriza o niega el evento.
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Día 5 al 6: Si el evento fue negado en primera instancia, este tiempo se tendrá para Subsanación (si aplica).
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Día 7 al 9: Revisión final y por parte de las entidades que integran el SUGA.
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Día 10 al 11: Resolución que resuelve recurso (si aplica) y autoriza el evento.
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Día 15: Realización de la actividad.
2. Mayor acompañamiento institucional durante las fases de planeación, ejecución y cierre de los eventos
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Se actualizan y simplifican los procedimientos administrativos.
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Se fortalecen los requisitos técnicos y condiciones mínimas de seguridad.
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Se refuerza la corresponsabilidad frente a impactos en movilidad, espacio público y convivencia.
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Se establece mayor articulación con TransMilenio para algunos eventos de gran impacto.
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¿Qué significa esto para los organizadores?
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A partir del miércoles 25 de marzo de 2026, el tiempo mínimo de radicación de sus solicitudes aumentará, ya que los eventos deben quedar autorizados por lo menos 5 días antes de su realización.
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La invitación a la ciudadanía es clara: planificar con anticipación y radicar la solicitud teniendo en cuenta los plazos establecidos.