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02/25/2026 | Press release | Distributed by Public on 02/25/2026 16:42

Pautas para el abastecimiento oportuno en situaciones de Emergencia

Pautas para el abastecimiento oportuno en situaciones de Emergencia

Comunicado
COMUNICADO N°005-2026 EF/54.01

25 de febrero de 2026 - 4:31 p. m.

COMUNICADO N°005-2026 EF/54.01

PAUTAS PARA EL ABASTECIMIENTO OPORTUNO EN SITUACIONES DE EMERGENCIA


Ante las intensas lluvias que se vienen produciendo en diversas regiones del país, la Dirección General de Abastecimiento (DGA), como ente rector del Sistema Nacional de Abastecimiento (SNA) recuerda a las entidades contratantes las herramientas que pueden aplicar a fin de abastecerse de bienes y servicios de manera ágil e inmediata, conforme a lo siguiente:


a) Contrataciones sujetas a procedimientos de selección no competitivos

1. Ante la ocurrencia o inminencia de ocurrencia de una situación de emergencia o desastre, previstas en el literal a) del artículo 40 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, se puedeaplicar el procedimiento de selección no competitivo(literal b) del numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley N° 32069, así como lo dispuesto en el artículo 289 de su Reglamento).
2. En la contratación de bienes y servicios para la atención de emergencia mediante un procedimiento de selección no competitivo,siempre que las prestaciones a cargo del contratista se ejecuten íntegramente dentro de los tres (3) días calendario desde la ocurrencia de una emergencia o desastre, conforme lo dispone el artículo 290 del citado Reglamento, pueden aplicarse las siguientes disposiciones contractuales:
· Efectuar pagos por adelantado, sin requerir la presentación de la garantía (hasta por 15 UIT para gobiernos locales, 20 UIT para gobiernos provinciales, 25 UIT para gobiernos regionales y 30 UIT para el gobierno nacional, para la contratación de bienes y servicios), conforme lo dispuesto en el artículo 145 del Reglamento.
· No exigir la presentación de la garantía de fiel cumplimiento.
· Permitir compras parciales según el stock disponible, sin que ello constituya fraccionamiento.
3. Dichas contrataciones están sujetas a regularización, según lo siguiente:
· Dentro de un plazo máximo de 10 días hábiles, contados según corresponda al objeto contractual, debe regularizase la modificación al Cuadro Multianual de Necesidades (CMN), de conformidad con la Quinta Disposición Complementaria Final de la Directiva N° 0007-2025-EF/54.01, Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras.
· Dentro de un plazo máximo de 20 días hábiles, contados según corresponda al objeto contractual, conforme al artículo 289 del citado Reglamento debe regularizarse:
a) El o los informes que contienen el sustento técnico legal de la contratación.
b) La resolución que la aprueba.
c) El requerimiento.
d) El contrato y sus requisitos.


b) Contrataciones por el Catálogo Electrónico de Acuerdo Marco (CEAM)

A través del CEAM, se pueden adquirir bienes que pueden resultar necesarios para la atención de emergencias, tales como colchones, frazadas, tachos, entre otros.


c) Ante la declaración de Estado Emergencia

1. Los bienes muebles patrimoniales pueden ser afectados en uso a otras entidades que sean necesarios para atender las emergencias, suscribiendo únicamente un Acta de Entrega - Recepción (Anexo 2 de la Directiva N° 0006-2021-EF/54.01 "Directiva para la gestión de los bienes muebles patrimoniales en el marco del sistema nacional de abastecimiento").
2. Los bienes inmuebles pueden ser afectados en uso a otras entidades que sean necesarios para atender las emergencias, suscribiendo únicamente un Acta de Entrega - Recepción (Anexo 1 de la Directiva N° 0009-2025-EF/54.01 "Directiva que regula los actos de adquisición de predios y bienes inmuebles de propiedad privada y disposición final de bienes inmuebles").


Enlaces de interés:

- Bases estándar procedimiento de selección no competitivo: https://www.gob.pe/institucion/mef/normas-legales/7614342-001-2026-ef-54-01

- Atención de consultas sobre la aplicación de procedimientos de selección no competitivos para la atención de emergencias: https://consultas.osce.gob.pe/formulario-contacto/#/

- Buscador productos disponibles en el CEAM: https://buscadorcatalogos.perucompras.gob.pe/

- Atención de consultas sobre la aplicación de contrataciones a través del CEAM: [email protected]

- Acta de Entrega - Recepción (Anexo 2 de la Directiva N° 0006-2021-EF/54.01 "Directiva para la gestión de los bienes muebles patrimoniales en el marco del sistema nacional de abastecimiento": https://www.gob.pe/institucion/mef/normas-legales/3757642-0006-2022-ef-54-01

- Anexo 1 de la Directiva Nº 0009-2025-EF/54.01 "Directiva que regula los actos de adquisición de predios y bienes inmuebles de propiedad privada y disposición final de bienes inmuebles": https://www.gob.pe/institucion/mef/normas-legales/7290464-0034-2025-ef-54-01

- Atención de consultas sobre la aplicación de la administración de bienes y del CMN en el marco del SNA: [email protected].



Dirección General de Abastecimiento
Ministerio de Economía y Finanzas

Esta noticia pertenece al compendio Comunicados de la Dirección General de Abastecimiento (DGA)

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