Prime Minister's Office of Spain

05/04/2026 | Press release | Distributed by Public on 05/04/2026 06:12

Transportes amplía el plazo de presentación de solicitudes para las ayudas a las víctimas de los accidentes ferroviarios de Adamuz y Gélida

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Como consecuencia de estos accidentes, se consideró necesario proporcionar a las víctimas y a sus familias un respaldo material inmediato que contribuyese a mitigar el impacto económico derivado del accidente.

Para ello, se aprobó el Real Decreto-ley 1/2026, de 27 de enero, que estableció tanto ayudas económicas, no reembolsables, que se suman a las indemnizaciones a las que tienen derecho las personas afectadas conforme a la normativa comunitaria y nacional en materia de derechos de los viajeros de ferrocarril y sobre asistencia a las víctimas de accidentes ferroviarios y sus familiares, como ayudas en concepto de anticipo de indemnización por responsabilidad civil.

La norma estableció que las ayudas se presentarían en el plazo de tres meses contados a partir de la publicación de la resolución del titular de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, finalizando este plazo el 4 de mayo de 2026.

Con la publicación de la nueva resolución, este plazo se ve ampliado en un mes. Así, los potenciales beneficiarios que cumplan las condiciones establecidas en la resolución de ampliación podrán presentar las solicitudes hasta el 4 de junio de 2026. Las personas que ya hayan presentado su solicitud no deben realizar ninguna acción adicional.

La tramitación de las solicitudes podrá continuar realizándose tanto de forma presencial como en la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, donde está disponible toda la información relativa a las ayudas, una guía y los formularios para realizar la solicitud, así como un documento de preguntas y respuestas.

El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible continúa trabajando activamente para agilizar en la medida de lo posible la concesión de estas ayudas. Asimismo, desde el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, a través de las oficinas de atención integral a las víctimas en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, se facilita toda la ayuda e información necesaria a las víctimas en relación con estas ayudas.

Dado que la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que una ampliación de plazo no puede perjudicar derechos de terceros, el nuevo plazo de solicitud aplica a los siguientes potenciales beneficiarios:

  • Personas que resultaran heridas como consecuencia de los accidentes ferroviarios.
  • Personas que reúnan la condición de víctimas indirectas de las personas fallecidas en los accidentes ferroviarios siempre y cuando para la misma persona fallecida no se hubiera presentado en plazo alguna solicitud por parte de otro beneficiario.
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