07/23/2025 | Press release | Distributed by Public on 07/23/2025 14:12
Los sujetos regulados por la CNV deberán responder los requerimientos exclusivamente a través de TAD, salvo que justifiquen algún impedimento, en cuyo caso, podrán hacerlo excepcionalmente, mediante una nota formal ingresada por Mesa de Entradas.
En tanto, los sujetos no regulados por la CNV podrán responder a través del mismo sistema o, alternativamente, mediante una presentación en Mesa de Entradas.
En el caso de sumarios administrativos, el uso del sistema TAD se habilita como medio optativo, tanto para notificaciones como para la presentación de escritos.
Esta iniciativa es parte del proceso de modernización de la Administración Pública Nacional (APN) y responde al compromiso de la CNV con la eficiencia, transparencia y mejora continua en la gestión de sus trámites.
Seguimos promoviendo la comunicación con los regulados de manera eficaz y transparente, sumando trámites a la plataforma TAD.
RG 1077