Ministry of Livestock, Agriculture and Fisheries of the Oriental Republic of Uruguay

10/19/2026 | News release | Distributed by Public on 10/19/2026 07:40

Vacunación obligatoria contra Fiebre Aftosa del 1.o al 15 de noviembre para bovinos nacidos en 2026

Vacunación contra la aftosa

Vacunación obligatoria contra Fiebre Aftosa del 1.º al 15 de noviembre para bovinos nacidos en 2026

19/10/2026
La Dirección General de Servicios Ganaderos (DGSG) estableció un nuevo período de vacunación contra la fiebre aftosa, que comprenderá a los bovinos nacidos entre el 1.º de enero y el 31 de agosto de 2026.

El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) dispuso, mediante la Resolución DGSG N.º 239/2026, que la vacunación se realizará entre el 1.º y el 15 de noviembre en todo el territorio nacional.

La medida se enmarca en la estrategia sanitaria del país para mantener los niveles de inmunidad del rodeo bovino y preservar su estatus sanitario frente a la fiebre aftosa.

Según establece la resolución, los resultados de la vigilancia epidemiológica no evidencian circulación del virus en Uruguay desde febrero de 2002, mientras que los estudios anuales de expectativa de protección viral muestran elevados niveles de inmunidad en las categorías vacunadas.

Movimiento de animales

Durante el período de vacunación, los bovinos comprendidos en la campaña podrán movilizarse únicamente cuando hayan transcurrido al menos diez días desde su vacunación.

La disposición también alcanza a los animales que participen en remates, ferias, exposiciones y otros eventos de concentración de ganado.

En el caso de los bovinos destinados a faena, la resolución permite su movimiento durante el período de vacunación con la inmunización correspondiente al último o a los dos últimos períodos anteriores, según corresponda. A partir del 16 de noviembre deberán contar con más de diez días de inmunización respecto de la vacunación de esta campaña.

Asimismo, se autorizan los remates por pantalla o virtuales que impliquen cambios de propiedad sin movimiento de los animales.

Distribución de vacunas

Las vacunas serán proporcionadas por el MGAP y entregadas a los titulares de DICOSE, previa presentación de la Planilla de Control Sanitario debidamente actualizada.

La distribución será coordinada por los Servicios Ganaderos Departamentales y las Comisiones Departamentales de Salud Animal (CODESA).

La DGSG dará a conocer próximamente el calendario de entrega de vacunas, con las fechas y lugares de distribución correspondientes a cada departamento.

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