La Dirección General de Abastecimiento, en su calidad de ente rector del Sistema Nacional de Abastecimiento, y en el marco de lo dispuesto en el artículo 3 de la Resolución Directoral N.º 0040-2025-EF/54.01, que aprueba la Directiva N.º 0010-2025-EF/54.01, "Directiva para la solicitud de creación de ítems en el Catálogo de Bienes, Servicios y Obras del SIGA MEF (Directiva CBSO SIGA MEF) y dicta otra disposición", comunica a las entidades lo siguiente:
1. La Directiva CBSO SIGA MEF entra en vigencia el 14 de marzo de 2026, estableciendo un proceso único, uniforme y transparente para la solicitud de creación de ítems por parte de las entidades, lo cual contribuye a garantizar la trazabilidad de la información en la administración de bienes, servicios y obras a lo largo de toda la Cadena del Abastecimiento Público.
2. Asimismo, la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución Directoral N.º 0040-2025-EF/54.01, vigente desde el 15 de diciembre de 2025, establece disposiciones para la aprobación de la actualización del Catálogo Nacional de Bienes Muebles del Estado, lo que permite a las entidades formular solicitudes de actualización sobre el tipo de bien mueble patrimonial, en tanto se implemente el Catálogo Único de Bienes y Servicios.
La citada Resolución Directoral puede descargarse en el siguiente enlace:
https://www.gob.pe/institucion/mef/normas-legales/7503768-0040-2025-ef-54-01
Para cualquier consulta adicional, puede realizarse a través del correo electrónico:
Dirección General de Abastecimiento
Ministerio de Economía y Finanzas