Ministry of Foreign Affairs of the United Mexican States

03/05/2026 | Press release | Distributed by Public on 03/05/2026 18:02

Corte Interamericana de Derechos Humanos se pronuncia sobre las obligaciones de los Estados frente al tráfico ilícito de armas

Corte Interamericana de Derechos Humanos se pronuncia sobre las obligaciones de los Estados frente al tráfico ilícito de armas

Comunicado No. 042/2026

Secretaría de Relaciones Exteriores | 05 de marzo de 2026 | Comunicado

Corte Interamericana de Derechos Humanos se pronuncia sobre las obligaciones de los Estados frente al tráfico ilícito de armas
  • La Corte Interamericana de Derechos Humanos, de manera unánime, reafirmó las obligaciones, de los Estados y de las empresas respecto del tráfico ilícito de armas a la luz de su impacto en los derechos humanos
  • La opinión de la Corte respalda la posición de México en este tema, así como los argumentos esgrimidos en los litigios estratégicos de nuestro país ante cortes de EUA

Hoy, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) emitió una opinión consultiva respecto de las obligaciones de los Estados en materia de derechos humanos frente al tráfico ilícito de armas de fuego, la cual respalda la posición de nuestro país en este tema.

En su opinión, la CoIDH sostuvo que los Estados deben ejercer ¨debida diligencia¨ en la regulación, supervisión y fiscalización de la comercialización de armas de fuego, incluso por empresas privadas, así como en la gestión de arsenales y armas decomisadas, para evitar su desviación al tráfico ilícito.

De manera relevante, la Corte reafirmó que esto exige medidas efectivas para garantizar el marcaje, registro y rastreo de armas, para poder identificar su origen y eventual desvío. Confirmó también que se debe garantizar el derecho de las víctimas a recursos judiciales efectivos por los daños causados, así como la obligación de cooperación internacional para hacer frente al tráfico ilícito de armas.

La opinión refuerza la posición de México de que las empresas juegan un papel significativo en la problemática de la violencia armada, y que sus decisiones comerciales, incluyendo la falta de control y responsabilidad, afectan el bienestar de las y los ciudadanos, quienes terminan sufriendo las consecuencias más graves de tal negligencia.

Para su análisis, la Corte se valió de instrumentos jurídicos como la Convención Americana de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.

Esta opinión consultiva, que no es vinculante, resulta de la solicitud planteada por México desde 2022, dónde nuestro país le pidió a la CoIDH interpretar tanto la responsabilidad de las empresas privadas dedicadas a la manufactura, distribución y venta de armas de fuego, por los efectos negativos que tienen sus prácticas negligentes en los derechos humanos; como la responsabilidad de los Estados para garantizar la protección judicial en favor de las víctimas de las prácticas negligentes de las empresas de armas.

En el proceso, México argumentó que la comercialización negligente de armas por parte de empresas privadas contribuye significativamente a la violencia armada en la región, lo cual vulnera derechos fundamentales como la vida y la integridad personal.

Esta opinión refrenda los argumentos esgrimidos por nuestro país en sus litigios estratégicos contra fabricantes y tiendas de armas en EUA por sus prácticas negligentes y representa un avance jurídico internacional en la estrategia integral en materia de seguridad del Gobierno de México que encabeza la presidenta Claudia Sheinbaum.

Ministry of Foreign Affairs of the United Mexican States published this content on March 05, 2026, and is solely responsible for the information contained herein. Distributed via Public Technologies (PUBT), unedited and unaltered, on March 06, 2026 at 00:02 UTC. If you believe the information included in the content is inaccurate or outdated and requires editing or removal, please contact us at [email protected]